testament vital

Píldora de Conocimiento. A lo largo de nuestra vida tomamos muchas decisiones, algunas de ellas son sencillas como escoger la ropa que nos pondremos o qué queremos cocinar para cenar, pero hay otras que son importantísimas y a las que muchas veces no damos relevancia. Una de ellas es decidir cómo nos gustaría que nos cuidaran si a causa de una enfermedad o accidente no pudiéramos expresar nuestra opinión. Por eso existe el testamento vital, también llamado Documento de Voluntades Anticipadas (DVA).

 

¿Qué es?

El testamento vital o DVA es un documento que permite detallar los tratamientos médicos o cuidados que una persona quiere recibir o rechazar cuando ésta se encuentra en unas circunstancias que no le permiten decidir por sí misma.

Este documento sirve para reflejar los valores personales relacionados con la atención médica y el fin de vida, el posicionamiento respecto a los cuidados paliativos o las medidas de soporte vital como son la alimentación e hidratación artificiales y la reanimación cardiopulmonar (RCP), entre otras muchas.

Pero más allá de dejar por escrito los tratamientos médicos que se quieren o no, también se pueden introducir otras medidas como la voluntad de dar órganos o la designación de un representante. Esta última figura hace referencia al nombramiento de una persona de plena confianza que se encargue de cumplir con tus indicaciones expresadas en el testamento vital o decida sobre aquellos aspectos relacionados con el ámbito médico que no hayas dejado por escrito en el DVA. No es obligatorio tener representante, pero a menudo se aconseja y, si se considera necesario, pueden limitarse sus funciones en el mismo documento.

Con la entrada en vigor de la Ley 3/2021 que regula la eutanasia, ésta se puede incorporar al testamento vital, dejando por escrito su aplicación en caso de que se cumplieran las circunstancias establecidas por la ley.

 

¿Qué beneficios tiene?

Elaborar el Documento de Voluntades Anticipadas es una forma de garantizar tus derechos y decisiones respecto a tu salud sea cual sea tu situación. Sin embargo, no sólo puede ser beneficioso para ti, sino también para los miembros de tu entorno ya que si decides tú, no cedes la responsabilidad a tus familiares que, en momentos angustiosos, se verán abocados a tomar decisiones muy complejas. Además, el DVA resulta también de gran utilidad para el equipo médico que te trate ya que lo utilizarán como guía a la hora de proporcionarte la atención médica que quieres y necesitas.

 

El testamento vital y la demencia

El DVA es un documento de gran relevancia para cuidar a personas con demencia, ya que es una enfermedad neurodegenerativa que reduce la capacidad de decisión de la persona diagnosticada. Allí puedes dejar escrito tu posicionamiento respecto al uso de contenciones, atención domiciliaria u hospitalaria ante urgencias, la incapacidad de alimentarte o hidratarte, etc.

También, ante esta tipología de enfermedades, existe la posibilidad de pedir la eutanasia ya que la nueva Ley las considera junto con otras afectaciones “una enfermedad grave, crónica e invalidante y lleva asociada un sufrimiento físico o psíquico constante, sin posibilidad de cuidado o mejoría aceptable”.  Por último, si tienes un diagnóstico de demencia en fase leve y no has elaborado el Documento de Voluntades Anticipadas, todavía estás a tiempo de tramitarlo, siempre y cuando se considere que preservas intacta tu capacidad de decisión.

 

¿Cómo y cuándo se tramita?

Cualquier persona mayor de 18 años y en plena conservación de sus capacidades puede realizar el testamento vital, por eso es relevante tramitarlo cuando todavía no existe ninguna enfermedad o afectación diagnosticada. Para elaborarlo no existe un modelo único ya que cada persona puede escoger lo que quiere dejar por escrito, pero existen varios modelos que puedes utilizar o te pueden servir de orientación.

Hay dos formas de validar un DVA, una de ellas es ante notario y la otra es a partir de 3 testigos, dos de los cuales no deben tener relación de parentesco ni patrimonial contigo. Una vez formalizado se debe entregar en tu centro de salud o en las Oficinas de Atención Ciudadana para que lo incluyan en tu historia clínica.

En caso de que sea necesario, una vez esté formalizado, se pueden hacer cambios en el Documento de Voluntades Anticipadas. También es necesario saber que no tiene caducidad y que sólo entrará en vigor si pierdes tu capacidad de decisión.

 

¿Quieres más información?

Si quieres leer más sobre la temática te recomendamos el siguiente documento de preguntas frecuentes elaborado por la Generalitat de Catalunya. Si necesitas información específica o consejo sobre este recurso o de otros relacionados con el apoyo a personas con demencia puedes pedir una Asesoría Social en Alzheimer Catalunya Fundació y si quieres acompañamiento en la redacción y tramitación del DVA puedes dirigirte a la asociación Derecho a Morir Dignamente.